miércoles, 23 de noviembre de 2022

HISTORIA DE UNA INF / AMIA, de Graciana Peñafort

Del atentado y el escandaloso encubrimiento al presente argentino

El lunes 18 de julio de 1994 a las 9.53 de la mañana estalló una bomba en la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), en lo que se considera el más brutal atentado que sufrieron civiles en nuestro país, luego del bombardeo de Plaza de Mayo ocurrido 16 de junio del ’55, al cual las crónicas oficiales - inexactas - le atribuyen 308 víctimas.
En el atentado de la AMIA murieron 85 personas.

Pocas horas después, “el primer ministro israelí Yitzhak Rabin propuso al gobierno argentino de Carlos Menem coordinar una interpretación unificada de lo sucedido, que conviniera a los intereses políticos de ambas administraciones"
Así se desprende de un cable emitido por el embajador argentino en Israel José María Valentín Otegui, a las 2.50 horas del 19 de julio de 1994”.

Comenzó entonces una historia que lleva casi 25 años y que debería avergonzar al poder judicial argentino y a buena parte del poder político.

En enero del 2013, luego de 19 años sin avances sustanciales en la causa, la Argentina suscribió un Tratado de Entendimiento con Irán, para obtener finalmente la declaración de los iraníes imputados por el Poder Judicial argentino de haber participado en ese atentado, que a la fecha permanece sin resolver.
Dicho Memorándum fue aprobado por ley en el Congreso argentino.
Luego fue declarado inconstitucional.
El gobierno de Mauricio Macri no apeló la inconstitucionalidad y por lo tanto la misma quedó firme.
El Memorándum con Irán jamás entró en vigencia.

Esta es la historia de la infamante causa judicial que surgió a partir de la denuncia del fiscal Alberto Nisman, en la que acusó a Cristina Fernández de Kirchner, a Héctor Timerman y otros funcionarios y dirigentes sociales argentinos de haber utilizado ese Memorándum como herramienta para encubrir a los responsables del atentado.

Y esta es la segunda nota de una serie, donde intento contar la historia de la causa judicial que se inició con la denuncia de Nisman.
También es la historia de uno de los hombres que sufrieron esa causa en carne propia.
Se llamaba Héctor Timerman.
Junto con Alejandro Rúa, fuimos sus abogados en la causa.

Toda historia tiene un principio.
La de la causa que se iniciara con la denuncia de Alberto Nisman también.
Pero su inicio real no es la fecha de la denuncia del fiscal, 14 de enero de 2015, sino que debe rastrearse más de 21 años atrás.

Hay quienes aseguran que la fecha de inicio es el 17 de marzo de 1992, cuando la embajada de Israel en Argentina sufrió un atentado que significó la muerte de 22 personas y más de 200 heridos.
Otros sostendrán que se inició a las 9.53 del lunes 18 de julio de 1994, cuando estalló la bomba en la AMIA.
Yo creo que empezó el 19 de Julio de 1994, cuando el gobierno de Carlos Saúl Menem y el gobierno de Israel acordaron subordinar la verdad sobre el atentado a la AMIA a las necesidades políticas de ambos países.

Ese día y no otro, el gobierno argentino y el gobierno de Israel renunciaron a la verdad sobre AMIA.
La descartaron por incómoda.
Solo un grupo de hombres y mujeres, familiares de las víctimas, no formaron parte de esa negociación espuria de la Verdad.
También algunos pocos periodistas.
Y algunos abogados que siguieron exigiendo Verdad y Justicia.

La investigación del atentado a la AMIA estuvo y está surcada por cuestiones geopolíticas que suceden a miles de kilómetros de nuestro país.
En 1994 Israel estaba negociando junto con Siria y bajo el paraguas de Estados Unidos la paz en Medio Oriente.
Ello implicó para la investigación del atentado a la AMIA un primer cepo.

Unos dias antes del atentado, se detectó que un ciudadano argentino, pero de origen sirio, Alberto Kanoore Edul, podía estar vinculado con el atentado.
El Poder Judicial ordenó la intervención telefónica de sus llamadas y el allanamiento de sus propiedades.
Las medidas fracasaron porque alguien le avisó a Kanoore Edul.
Y las grabaciones de sus llamadas fueron borradas.
Esas medidas fueron bloqueadas por el aviso que Kanoore Edul recibió previo a los allanamientos y el borrado de las grabaciones.
De esos delitos fueron acusados los comisarios Jorge “Fino” Palacios y Carlos Castañeda.

Y acá aparece por primera vez en esta historia el nombre de alguien que vamos a volver a mencionar en más de una oportunidad: Claudio Bonadío, juez federal designado sin concurso por el menemismo a principio de los años ’90.

Cuenta Raúl Kollman: “Lo que se investigaba originalmente era que el comisario Palacios debía allanar domicilios de la familia de Alberto Kanoore Edul el 1º de agosto de 1994, pocos días después del atentado contra la AMIA.
La sospecha contra Kanoore venía porque ocho días antes del atentado llamó por teléfono a Carlos Telleldín, el armador de autos truchos que tuvo en su poder la camioneta que - según el Tribunal Oral - fue usada para cometer el atentado.
Pero, además, hubo un camión que dejó un volquete frente al edificio de la AMIA cinco minutos antes de la explosión.
En la hoja de ruta que tenía el chofer del camión figuraba que pasó por un predio de Kanoore Edul antes de dirigirse a la AMIA.
A esto se agrega que la empresa de volquetes tenía antecedentes de haber comprado Amonal, el material usado en el explosivo”.

“Más allá de la solidez de estas evidencias, lo cierto es que se ordenó el allanamiento a tres propiedades de Kanoore Edul.
En los procedimientos hubo todo tipo de irregularidades, lo que motivó la denuncia contra Palacios.
El jefe policial o alguien de su entorno registra dos llamados a celulares pertenecientes a Kanoore, lo que hace suponer que le avisaron del procedimiento.
En lugar de allanar a la mañana, se hizo mucho más tarde, cuando todos en la cuadra sabían que se estaba por tomar esa medida.
Se hizo un allanamiento, otros dos no se concretaron y prácticamente no se secuestró nada”.

“Durante aquella jornada del 1º de agosto, Kanoore Edul padre, conocido de Carlos Menem, se dirigió a la Casa Rosada y se entrevistó con el hermano del presidente, Munir.
Eso llevó a que sólo se hiciera uno de los tres allanamientos y que se suspendiera la intervención telefónica a los Edul.
Mientras a algunos imputados se le hicieron escuchas durante años, a los Edul se los dejó de escuchar al día siguiente”.

La investigación por el encubrimiento de la pista siria comenzó en el año 2000, cuando uno de los secretarios de Juan José Galeano, entonces juez que tenía a su cargo la investigación del atentado de la AMIA, contó ante la Comisión de investigación de AMIA del Congreso las irregularidades en las que había incurrido Galeano.
Claudio Lifschitz - tal era el nombre del secretario - señaló otras cosas ante la Bicameral: “que Muñir Menem, hermano del por entonces Presidente de la Nación, había llamado al juez Galeano para interiorizarse por la situación de Kanoore Edul”.
El relato de Lifschitz no solo significó finalmente la destitución de Galeano y el juicio oral que actualmente está sucediendo, sino que además implicó que la entonces senadora Cristina Fernandez de Kirchner suscribiese un informe en minoría como miembro de esa comisión, en la que señaló que “los resultados de la investigación a cargo del doctor Juan José Galeano (… ) presentan claroscuros y dudas cada vez más acentuadas acerca de la actuación del magistrado” y que “la causa cuenta con numerosos legajos, líneas de investigación y resultados de medidas de prueba, las que hasta el presente se instruyen en forma secreta y sin que la totalidad de las partes hayan podido acceder a su contenido”.

El 3 de diciembre de 2003 el juez Galeano fue apartado de la causa AMIA y en agosto del 2005 fue destituido como juez, considerándoselo responsable del pago de 400.000 dólares a Carlos Telledin para involucrar en la causa AMIA a la policía bonaerense.

Al juicio que se lleva a delante contra Galeano los abogados lo conocemos como “Encubrimiento 1” y tiene como coimputados a Carlos Menem, Eamon Mullen y José Barbaccia, dos de los tres fiscales que trabajaban con Galeano; el ex jefe del servicio de inteligencia, Hugo Anzorreguy; el ex jefe de la Unidad Antiterrorista de la Policía Federal, Jorge “Fino” Palacios; el reducidor de autos Carlos Telleldín, y al entonces presidente de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), Rubén Beraja. entre otros.

“A Beraja se lo acusa como partícipe secundario del delito de peculado: se considera que conocía y consintió el pago a Telleldín.
La AMIA / DAIA fueron parte del ocultamiento porque buscaron una orientación específica de las investigaciones y abandonaron a los familiares”, dijo a Infojus Noticias Jorge Elbaum, director ejecutivo de la DAIA entre 2007 y 2012.

La DAIA, querellante de la causa Encubrimiento 1, se abstuvo de acusar a Beraja. El gobierno de Mauricio Macri, por su parte, se abstuvo de sostener la acusación de los fiscales Eamon Mullen y José Barbaccia.

Al “Fino” Palacios lo volveremos a encontrar en esta historia.
En 2009 fue designado por Mauricio Macri, entonces jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como jefe de la Policía Metropolitana. 
Me lo recomendaron en la Embajada de Estados Unidos”, declararía Macri para justificar su designación.
No duró mucho al frente de la policía de Macri.
También se lo volverían a cruzar dirigentes de la comunidad judía como Sergio Burstein, quien en el 2009 denunció al “Fino” Palacios como integrante de una estructura ilegal de escuchas que tenia a dirigentes de la comunidad judía y a familiares de las víctimas del atentado de la AMIA y a familiares de la familia Macri como blanco.

El fiscal de la causa “Escuchas” no solo procesó y detuvo a Palacios, sino que además procesó al entonces jefe de gobierno de la Ciudad: Mauricio Macri.
El fiscal de la causa “Escuchas” - curiosamente, o tal vez no tanto - era tercer fiscal de Galeano, que no quedó involucrado en la causa “Encubrimiento 1”.
Su nombre era Natalio Alberto Nisman.

Pero quiero que me acompañen de nuevo al año 2000.
Argentina se enfrentaba entonces a lo que sería la desoladora crisis del 2001.
Y la causa por el encubrimiento del atentado de la AMIA recaería en un viejo amigo, el doctor Claudio Bonadío.
Quien no investigó absolutamente nada.
Durante cinco años tuvo Bonadío la causa por encubrimiento sin mover ni un papel. Inmovilidad del expediente que denunciaron los familiares.
También lo recusaron Ribelli (ex comisario acusado por Telleldín) y el propio Telleldín.
Bonadio, acusado de encubrir el encubrimiento de AMIA, fue apartado de la causa.

Poco antes de que la Cámara apartara a Bonadío de la causa “Encubrimiento 1”, un fiscal “presentó una nueva denuncia porque uno de los policías que participó del allanamiento a Kanoore Edul, el principal Carlos Alberto Salomone, declaró que la firma en las actas no era la suya, que se la falsificaron”.

En lugar de sumar esa denuncia al expediente de la causa “Encubrimiento I”, que es lo que correspondía, Bonadío armó un expediente paralelo que no remitió al nuevo juzgado, cuando la Cámara lo aparto de la investigación por AMIA, sino que mantuvo la causa en su poder y la usó para requerir a la Fiscalía de AMIA información sobre la causa de la cual había sido apartado.

Muchos años después, en 2014, Antonio Horacio Stiuso, histórico responsable de contrainteligencia de la SIDE, denunciaría a Bonadío por haber creado una causa paralela con el objeto de acceder a información para asegurar la defensa del “Fino” Palacios en la causa “Encubrimiento I”.

El fiscal que presentó la denuncia por falsificación de la firma del policía y que consentiría por años la maniobra de la causa paralela que Bonadío no entregó al ser apartado de “Encubrimiento I” fue Alberto Nisman, que desde el 2004 había sido designado como fiscal de la causa AMIA, en una fiscalía especial que fue creada por Néstor Kirchner, entonces Presidente de la Argentina.

Sobre el apartamiento de Bonadío de la causa “Encubrimiento I”, relata Raúl Kollman: “La Cámara Federal le quitó el expediente el 17 de noviembre de 2005 porque consideró que el juez no había movido la causa ni un milímetro, beneficiando a su amigo Juan José Galeano y a quien fuera su jefe, el ex ministro del Interior Carlos Corach.
Una copia del fallo fue enviada al Consejo de la Magistratura para que resolviera si debía tomar medidas disciplinarias porque Bonadío no declaró que había sido asesor de Corach e integrante de su equipo durante cuatro años”.

José Manuel Ubeira, abogado del ex comisario Juan José Ribelli, había recusado a Bonadío justamente por esa razón: carecía de imparcialidad para investigar a su ex jefe Corach.
Pero el abogado cometió un pequeño error: en la recusación dijo que Bonadío estuvo con Corach en el Ministerio del Interior y el magistrado contestó que nunca trabajó en ese ministerio.
Lo que ocultó Bonadio es que fue, durante cuatro años, subsecretario general y secretario de Legales de Corach en la Secretaría Legal y Técnica. 
“Bonadio ocultó información - dice el fallo de la Cámara -, generando serias dudas sobre la corrección de la conducta del recusado, que ocultó los cargos que ocupó.
Por ello debe intervenir el Tribunal de Disciplina del Consejo de la Magistratura”.

Es necesario señalar que el sumario ante el consejo de la Magistratura no prosperó.
Dicen los pasillos del Consejo que quien trabajó fuertemente para evitar que dicha denuncia avanzara fue el eterno jefe de bloque del peronismo en el Senado de la Nación, en esos días fervoroso kirchnerista: el senador Miguel Ángel Pichetto.

Cuenta Irina Hauser que “Pichetto apareció con un dictamen de 115 páginas que promueve el archivo de las acusaciones contra Bonadío.
Intentó que fuera tratado en el momento, pero sus compañeros le pidieron una semana para leerlo.
El apuro se debe a que este mes cambiará la composición del cuerpo y ahora tiene algunos apoyos, como el de Jorge Yoma, garantizados.
En esta comisión, por lo general, los consejeros no acostumbran a hacer dictámenes en disidencia.
Otro rasgo que la diferencia del resto del Consejo, es que sus actuaciones son secretas”.

“La propuesta de Pichetto, a la que accedió Página/12, concluye que no es “una conducta reprochable” haberle impedido a la Unidad AMIA consultar la causa sobre las irregularidades.
Dice que la decisión estuvo “debidamente fundada” por el juez aunque reconoce explícitamente que la Cámara Federal la revocó.
Sobre la relación de Bonadío con Corach, lo defiende así: “Claramente planteó que su currículum era público y notorio, con lo cual no escondió nada”.
Sin embargo el juez nunca aclaró los puestos que ocupó junto al ex titular de Interior.
El dictamen agrega que “Corach no estuvo involucrado en la investigación de la AMIA hasta que el Tribunal Oral 3 introdujo la cuestión en septiembre de 2004”.
Eso, dice, fue después de que Bonadío fuera recusado.
Sin embargo, el ex funcionario figura en el expediente desde un principio.
Pichetto afirma, por último, que “no se advierte” que Bonadío haya “retardado el accionar judicial”.
La denuncia fue archivada.

Los denunciantes de Bonadío ante el Consejo de la Magistratura eran no sólo la Cámara Federal que había apartado a Bonadío, sino también la Unidad Especial AMIA que estaba a cargo de Alejandro Rúa.
El ministro de Justicia, de quien dependía la Unidad Especial AMIA, era el hoy ministro de la Corte Suprema Horacio Rosatti.
Designado miembro de la Corte “en comisión” por Mauricio Macri mediante un decreto de excepción aberrante - sistema que el propio Rosatti había cuestionado en sus libros de Derecho Constitucional -, finalmente Rosatti asumió, junto con Carlos Rosenkrantz, luego de cumplirse el trámite constitucional para la designación de un juez de la Corte.

A Alejandro Rúa lo volveremos a encontrar en esta historia, porque fuimos los abogados de Héctor Timerman en la causa que se iniciara con la denuncia de Nisman a raíz del Memorándum.
A Nisman ineludiblemente.
A Horacio Rosatti también lo reencontraremos más adelante.

Y desafortunada y atrozmente, sobre todo para Héctor Timerman, al juez Claudio Bonadío también lo encontraremos de nuevo en esta historia.

El lunes 18 de julio de 1994 a las 9.53 estalló una bomba en la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), en lo que es considerado el más brutal atentado que sufrieron civiles en nuestro país luego del bombardeo de Plaza de Mayo del ’55, al cual las crónicas oficiales —inexactas— le atribuyen 308 víctimas. En el atentado de la AMIA murieron 85 personas.

Pocas horas después, “el primer ministro israelí Yitzhak Rabin propuso al gobierno argentino de Carlos Menem coordinar una interpretación unificada de lo sucedido, que conviniera a los intereses políticos de ambas administraciones. Así se desprende de un cable emitido por el embajador argentino en Israel José María Valentín Otegui, a las 2.50 horas del 19 de julio de 1994” [1].

Comenzó entonces una historia que lleva casi 25 años y que debería avergonzar al Poder Judicial argentino y a buena parte del poder político.

En enero del 2013, luego de 19 años sin avances sustanciales en la causa AMIA, la Argentina suscribió un Tratado de Entendimiento con Irán, para obtener, finalmente la declaración de los iraníes imputados por el Poder Judicial argentino de haber participado en ese atentado, que a la fecha permanece sin resolver. Dicho Memorándum fue aprobado por ley en el congreso argentino. Luego fue declarado inconstitucional. El gobierno de Mauricio Macri no apeló la inconstitucionalidad y por lo tanto la misma quedó firme. El Memorándum con Irán, jamás entró en vigencia.

Esta es la historia de la infamante causa judicial que surgió a partir de la denuncia del fiscal Alberto Nisman, en la que acusó a Cristina Fernández de Kirchner, a Héctor Timerman y otros funcionarios y dirigentes sociales argentinos de haber utilizado ese Memorándum como herramienta para encubrir a los responsables del atentado.

Esta es la tercer nota de la serie, donde intento contar la historia de la causa judicial que se inició con la denuncia de Nisman. Y también es la historia de uno de los hombres que sufrieron esa causa en carne propia. Se llamaba Héctor Timerman. Junto con Alejandro Rúa, fuimos sus abogados en esa causa.

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Cuando el juez Juan José Galeano (foto) fue apartado de la investigación sobre el atentado de la AMIA, la causa recayó en el juez Canicoba Corral. Quiero detenerme en un episodio que sucedió durante la primer etapa de la investigación que [NO] instruyó Galeano.

Desde el 9 de agosto de 1994, unas semanas después del atentado, existieron órdenes de captura nacional e internacional siempre pendientes de concreción respecto de ciudadanos iraníes, “por existir sospecha de su participación en los hechos investigados” y “a efectos de recibirles declaración indagatoria”. El entonces juez Galeano había dado “por acreditada la responsabilidad en el atentado a la A.M.I.A./D.A.I.A. de elementos radicalizados de la República Islámica de Irán” y reclamó el libramiento de otras tantas órdenes de captura internacional de quienes aparecían involucrados.

El 21 de agosto de 2003, a los pocos meses de haber asumido la presidencia Néstor Kirchner, Interpol detuvo en Inglaterra a Hadi Soleimanpour, quien había sido el embajador de Irán en la Argentina desde 1991 y hasta 1994 y cuya orden de captura había sido requerida por Galeano. En septiembre de ese mismo año, Soleimanpour fue excarcelado y “en noviembre Gran Bretaña rechazó la solicitud de extradición a la Argentina… La falta de pruebas contundentes para acreditar la acusación que se le hace conspiró en contra del pedido del magistrado. La decisión de los británicos es inapelable –de hecho, el ex diplomático ya puede abandonar el Reino Unido y regresar, si así lo quiere, a Irán– y fue repudiada por la comunidad judía argentina”.

Mientras esto ocurría en Londres, en Buenos Aires el encargado de negocios de Irán le transmitió al canciller Bielsa que su país no aceptaba la mediación de un tercero por el atentado a la AMIA; sin embargo, ofreció realizar una reunión bilateral a agenda abierta. Bielsa aceptó y dijo que viajaría a Teherán cuando sus autoridades lo dispusiesen. La negativa británica de extraditar a Soleimanpour –que integraba una lista de una decena de iraníes pedidos por la Justicia argentina– no debe haber sorprendido ni a los querellantes en la causa AMIA ni tampoco a Galeano: desde el momento mismo en que el juez pidió a Gran Bretaña la extradición del ex embajador se supo que los elementos existentes para probar su condición de partícipe necesario del ataque a la mutual judía difícilmente fueran suficientes para que ese país diera curso favorable a la solicitud. El Ministerio de Relaciones Exteriores le había informado además al juez sobre una reunión mantenida en la embajada argentina en Londres, donde los británicos anticiparon que el pedido de extradición sería rechazado.

El argumento que dio el gobierno británico para negar la extradición de Soleimanpour a la Argentina fue precisamente que las pruebas enviadas por Galeano “no satisfacen” los requerimientos impuestos por la Justicia británica para disponer esa medida. “La resolución de los británicos es inapelable y, según explicó la abogada de la DAIA, Marta Nercellas, cierra la puerta a un eventual enjuiciamiento del ex diplomático en un tercer país, como proponía la Cancillería” [2].

En diciembre de ese mismo año, Galeano fue apartado de la causa sobre el atentado e Irán requirió a Interpol el levantamiento de las alertas rojas pesaban sobre los ciudadanos iraníes.

En el 2004, el Procurador General de la Nación sustituto, Eduardo Casal, dispuso mediante Resolución MP 84/04 la creación de “una Unidad Fiscal, para actuar de manera conjunta o alternativa con las fiscalías que correspondan, en la tramitación de la causa principal en la que se investiga el atentado… y en todas las demás causas que guarden relación con ese hecho, así como aquellas relacionadas con el encubrimiento u obstaculización de la Justicia de la que pueda surgir prueba conducente al mismo objetivo”. Y designó para integrarla al fiscal Nisman, junto con el fiscal correccional Marcelo Martínez Burgos.

El 4 de octubre el juez Canicoba Corral, nuevo juez del caso AMIA, recibió la notificación de Interpol respecto a la suspensión de las alertas rojas que habían sido establecidas en virtud del requerimiento del entonces juez Galeano.

Y en el año 2005 el Comité Ejecutivo y la Asamblea General votaron por la cancelación de las alertas rojas de AMIA.

En la misma época en que se tramitaba la cancelación de esas alertas rojas, la Argentina recibió una propuesta de Memorándum de parte de Iran en la que se proponia el siguiente texto:

“1.- Las partes aceptan que no ha existido ninguna acusación contra ciudadanos iraníes en relación con la Causa AMIA; no obstante ello, el proceso que sigue el Juez argentino a cargo de la investigación en lo que respecta a los ciudadanos iraníes fue ordenado con el mero fin de recopilar información”.

“2.- Las partes, reafirmando las normas del derecho y de la cortesía internacional, se abstendrán de efectuar cualquier tipo de inferencia criminal, tanto en forma directa como indirecta, o acusación contra la otra parte y sus funcionarios”.

“3.- Considerando el párrafo que antecede, las cartas rogatorias libradas por el Juez de la Argentina serán enmendadas de forma tal que no se formule ningún alegato o acusación, ya sea en forma explícita o implícita, contra el gobierno iraní y sus ciudadanos y, por consiguiente, tales exhortes carecerán por completo de cualquier tipo de acusación como estas”.

“4.- Tras la implementación de lo dispuesto en el párrafo 3, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Irán recibirá oficialmente las cartas rogatorias que, posteriormente, puedan ser remitidas por las Autoridades Argentinas pertinentes”.

“5.- La parte argentina, de conformidad con los preceptos consagrados tanto en su ley como en sus reglamentaciones nacionales, revocará cualquier orden de arresto librada por el Juez a cargo de la investigación contra los ciudadanos de la República Islámica de Irán”.

“6.- El Poder Judicial de la República Islámica de Irán dará respuesta a los exhortos, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Penal de la República Islámica de Irán”.

“7.- Teniendo en cuenta la importancia que tienen sus relaciones históricas y de larga data, las partes se comprometen a analizar la posibilidad de mejorar y promover la relación bilateral entre ellas en todos los aspectos”.

Demás está decir que semejante propuesta fue rechazada abiertamente por la Republica Argentina. Muchos años después, con toda la mala intención, algunos periodistas tratarían de confundir presentando esta propuesta como parte del Memorándum que finalmente suscribiría la Republica Argentina con Iran en el año 2013.

Luego de un prolijo trabajo de relevamiento de los expedientes judiciales, la Argentina requirió nuevamente a Interpol el libramiento de nuevas alertas rojas sobre ciudadanos iraníes acusados de haber participado en el atentado a la AMIA. El Comité Ejecutivo de Interpol se dispuso “la publicación de las notificaciones rojas respecto de Imád Fayez Moughnieh, Ali Fallahijan, Mohsen Rabbani, Ahmad Asghari, Ahmad Vahidi y Mohsen Rezai, y rechazar la solicitud de publicación de tales notificaciones respecto de Ali Rafsanjani, Ali Velayati y Hadi Soleimanpour”.

Irán se opuso a la solicitud argentina y el tema debió ser resuelto por la Asamblea General de Interpol. Esto es un antecedente relevante para la causa que se iniciaría con la denuncia de Alberto Nisman contra Cristina Fernández de Kirchner y contra Héctor Timerman, ya que la acusación del fiscal indicaría que el presunto encubrimiento incluía el levantamiento de las alertas rojas. Esa acusación omitiría por completo que las alertas rojas ordenadas por la Asamblea General de Interpol en el año 2007, solo podían ser revocadas por la propia Asamblea General de Interpol, toda vez que es el órgano máximo de Interpol.

La Argentina continúo reclamando en los foros internacionales la cooperación de Irán en materia judicial para poder tomar indagatoria a los acusados iraníes. y negándose a reunirse con Irán, sin que estuviese en la agenda de dicha reunión el tema AMIA.

Y en el año 2008, el reiterado pedido de la Argentina respecto a la causa AMIA tuvo su primera respuesta concreta. El 28 de enero de 2008 la Oficina de Asuntos Legales de la Secretaría General de Interpol comunicó a nuestra oficina local la propuesta de Teherán para la “realización de reuniones para discutir la futura cooperación en este tema” en la sede de esa Secretaría y solicitando saber la “disponibilidad” argentina “para participar de dichas reuniones”.

El entonces fiscal Alberto Nisman hizo saber en respuesta que “toda medida que implique una cooperación que tenga por objeto materializar y dar respuesta eficaz a los requerimientos formulados por la Justicia argentina, esta Unidad la recibe con beneplácito y la encuentra altamente constructiva”.









El 1º de abril de 2008, la diplomacia iraní “solicitó conocer la disponibilidad de la parte argentina para la constitución de un comité jurídico mixto que pudiera resolver las ambigüedades y malos entendidos que, en su opinión, rodean a la instrucción de la causa”. Que “en opinión del diplomático, tal comité podría trazar una suerte de hoja de ruta, o acordar un memorándum de entendimiento que permitiría avanzar concretamente en la resolución del caso”. Y además “esbozó la posibilidad de invitar al Sr. Juez de la causa o la Sra. Defensora Oficial de los ciudadano iraníes acusados a viajar a Irán para mantener contactos con las autoridades judiciales locales, si existiera interés en la parte argentina”.

A lo que el fiscal Nisman contestó que “en atención a lo expuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación, en relación con la solicitud iraní de conocer ya sea la disponibilidad de la parte argentina para la constitución de un comité jurídico mixto, o bien el interés que la parte argentina pudiera tener en la posibilidad de que tanto el Sr. Juez de la causa como la Sra. Defensora Oficial de los ciudadanos iraníes imputados en autos sean invitados a viajar a la República Islámica de Irán para mantener contactos con la autoridades judiciales locales, líbrese oficio en el que se haga saber que, en el mismo sentido que ya fue comunicado al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación a fs. 126.087, toda medida que implique una cooperación que tenga por finalidad materializar y dar respuesta eficaz a los requerimientos formulados por la Justicia argentina, esta Unidad Fiscal la recibe con beneplácito y la encuentra altamente constructiva”.







Nisman haría su denuncia en el año 2015 olvidando buena parte de esta historia. Pero el hecho de que Alberto Nisman omitiera esta parte de la historia no hizo que la historia dejara de estar escrita.




HISTORIA DE UNA INF/AMIA (4)

Continúa la historia de la infamante causa judicial que surgió a partir de la denuncia del fiscal Alberto Nisman

POR GRACIANA PEÑAFORT





El lunes 18 de julio de 1994 a las 9.53 estalló una bomba en la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), en lo que es considerado el más brutal atentado que sufrieron civiles en nuestro país luego del bombardeo de Plaza de Mayo del ’55, al cual las crónicas oficiales —inexactas— le atribuyen 308 víctimas. En el atentado de la AMIA murieron 85 personas.

Pocas horas después, “el primer ministro israelí Yitzhak Rabin propuso al gobierno argentino de Carlos Menem coordinar una interpretación unificada de lo sucedido, que conviniera a los intereses políticos de ambas administraciones. Así se desprende de un cable emitido por el embajador argentino en Israel José María Valentín Otegui, a las 2.50 horas del 19 de julio de 1994”.

Comenzó entonces una historia que lleva casi 25 años y que debería avergonzar al Poder Judicial argentino y a buena parte del poder político.

En enero del 2013, luego de 19 años sin avances sustanciales en la causa AMIA, la Argentina suscribió un Tratado de Entendimiento con Irán, para obtener, finalmente la declaración de los iraníes imputados por el Poder Judicial argentino de haber participado en ese atentado, que a la fecha permanece sin resolver. Dicho Memorándum fue aprobado por ley en el congreso argentino. Luego fue declarado inconstitucional. El gobierno de Mauricio Macri no apeló la inconstitucionalidad y por lo tanto la misma quedó firme. El Memorándum con Irán, jamás entró en vigencia.

Esta es la historia de la infamante causa judicial que surgió a partir de la denuncia del fiscal Alberto Nisman, en la que acusó a Cristina Fernández de Kirchner, a Héctor Timerman (foto principal) y otros funcionarios y dirigentes sociales argentinos de haber utilizado ese Memorándum como herramienta para encubrir a los responsables del atentado.

Esta es la cuarta nota de la serie, donde intento contar la historia de la causa judicial que se inició con la denuncia de Nisman. Y también es la historia de uno de los hombres que sufrieron esa causa en carne propia. Se llamaba Héctor Timerman. Junto con Alejandro Rúa, fuimos sus abogados en esa causa.

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A principios del año 2004, Irán habia propuesto a Néstor Kirchner reunirse en Caracas, Venezuela. Kirchner manifestó que sólo aceptaría la reunión si se incluía en ella el tema AMIA. Irán se negó a dicha condición y la reunión no se celebró.

Comenzó así lo que Héctor Timerman, que ese mismo año sería designado Cónsul Argentino en EE.UU., llamó siempre “el camino de la presión moral” y que consistía en una política exterior respecto a Irán en la que la Argentina no aceptaría negociación ni reuniones con Irán si no se incluía el tema AMIA. Textualmente escribió Héctor Timerman que dicha política implicaba además de la negativa a reunirse con Irán si este país no aceptaba tratar el tema AMIA, “denunciar en todos los foros posibles la falta de cooperación de Irán en un tema de terrorismo internacional contraviniendo las resoluciones de Naciones Unidas sobre cooperación judicial. Y al acotar las relaciones con Irán a la resolución pacífica de la controversia evitamos la encerrona en que se encuentra Malvinas”. Y agregó: “El camino de la presión moral fue muy criticado por Israel y Estados Unidos”.

Recordó Héctor Timerman alguna vez que durante una reunión, el canciller israelí le manifestó “que no había que hablar con Irán” y que “la influencia de Argentina daría impulso a otros países de la región a relacionarse con Irán”. Timerman le respondió que “como judío separaba muy bien los intereses de Israel, a los que respetaba y entendía, de los intereses comunitarios de los judíos argentinos”.

Néstor Kirchner, entonces Presidente, dijo en su discurso ante la 62° Asamblea General de las Naciones Unidas del año 2007: “El mundo enfrenta problemas. La única esperanza de que pueda resolverlos está en el respeto a la multilateralidad, la adhesión a las diversas normas locales, el respeto de todos los países a las normas y convenciones internacionales y, sobre todo, el pleno respeto a los derechos humanos”. Y agregó: “Estos principios compartidos por la inmensa mayoría del pueblo argentino orientan la acción del gobierno y son la base de las decisiones que la República Argentina toma del ámbito internacional”.

Fue en ese mismo discurso donde recordó que INTERPOL restableció las alertas rojas a seis imputados por el Poder Judicial argentino como particípes del atentado a la AMIA, y solicitó cooperación internacional para que la causa avanzara. Dijo Néstor Kirchner: “No puede tolerarse la acción de los responsables del terrorismo ni de quienes los auspicien, financien o protejan, sean estos personas o países”.

Y siguió: “La soberanía argentina fue víctima en dos oportunidades de ese accionar. En 1992 se atentó contra la Embajada de Israel, en 1994 contra la sede de la AMIA. Como consecuencia perdieron la vida 102 personas de nuestra comunidad, algunos de sus familiares nos acompañan hoy aquí. Estas víctimas igualadas por el terror a las de esta ciudad, a las de Madrid, a las de Londres, a las de Bali, a las de Estambul, y a las de tantos otros lugares, nos imponen el mandato moral de respetar sus memorias, comprometiendo nuestro esfuerzo para perseguir, encontrar y condenar a los culpables”.

“A pesar de las dificultades que la distancia temporal importa, ya que son hechos de hace 13 y 15 años atrás, y de las maniobras de encubrimiento que les sucedieron, no cesa ni cesará nuestro interés ni el apoyo a la Justicia para el esclarecimiento, manteniendo vivo el recuerdo del horror para que no se repita”.

“La Justicia argentina, en noviembre del año pasado, requirió colaboración internacional para la captura de nueve personas sospechadas de decidir y planificar el atentado perpetrado el 18 de julio del ’94 en la AMIA y el Comité Ejecutivo del INTERPOL, por unanimidad, recomendó la captura de seis ciudadanos iraníes y un ciudadano libanés involucrados en esta causa. Hacemos aquí un expreso llamamiento para que durante la sesión de la Asamblea General de INTERPOL, en noviembre de este año, se ratifique esa medida”.

“En este contexto, esperamos que la República Islámica de Irán, en el marco del Derecho Internacional aplicable, acepte y respete la jurisdicción de la Justicia argentina, y colabore eficazmente con los jueces argentinos para lograr el sometimiento a juicio de las personas imputadas en aquellos hechos. En tal sentido, quiero dejar sentado aquí, en la sede de las Naciones Unidas y ante el resto de los países del mundo, que hasta hoy, lamentablemente, la República Islámica de Irán no ha brindado toda la colaboración requerida por la Justicia argentina para el esclarecimiento de los hechos”.

“Apelamos al señor Secretario General y a todas las naciones del mundo que intercedan ante la República Islámica de Irán —concluyó— para que dé trámite a la rogatoria judicial. Ello lo hacemos para alcanzar el único objetivo que tenemos, lograr el esclarecimiento de los hechos y el juzgamiento a quienes resulten responsables de los mismos. El respeto a la memoria de nuestras 102 víctimas exige la realización del valor justicia. Estamos pidiendo que la República Islámica de Irán colabore en la aplicación de las normas del Derecho Internacional, para posibilitar arribar a la verdad, nada más pero tampoco nada menos”.

En el año 2008, y luego del restablecimiento de las alertas rojas de INTERPOL para los imputados por la causa AMIA, Irán había enviado los non papers solicitando reabrir las conversaciones sobre AMIA. El entonces fiscal de la causa AMIA, Alberto Nisman, se puso en contacto con Ronald Noble, Secretario General de INTERPOL, con el objeto de analizar los pasos a seguir, en una reunión que se realizaría en Lyon, Francia, luego que se celebrase la Asamblea General de INTERPOL.

Para ese entonces la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner se había pronunciado en la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York el 23 de septiembre de 2008, reclamando “aquí a la República Islámica de Irán que, por favor, en cumplimiento de normas del derecho internacional, acceda a que la justicia argentina pueda juzgar en juicios públicos, transparentes y con las garantías que da un sistema democrático, a aquellos ciudadanos que han sido acusados”.

Las comunicaciones diplomáticas continuaron, y así también las gestiones del Secretario General de Interpol. Figura en un comunicado oficial de INTERPOL del 14 de septiembre de 2009 que el fiscal Nisman dispuso agregar a sus actuaciones en la hoja 127.974: “En tanto el fiscal [Nisman] de Argentina como Irán han animado al Secretario General a actuar como mediador diplomático en un intento por ayudar a ambas partes para que cooperen en este asunto”. Y agregó: “El objetivo de INTERPOL es por tanto ayudar a salir del punto muerto en lo que respecta a la cooperación y hallar el modo tanto de que se obtengan pruebas como de que la investigación del atentado terrorista contra la AMIA y el enjuiciamiento de sus autores sigan adelante”.

A finales del 2009 Cristina Fernández de Kirchner reiteró la solicitud de cooperación internacional ante Naciones Unidas e INTERPOL exploró la posibilidad entre ambos países de que el juicio se realizara en un tercer Estado. De ello dio cuenta el propio Alberto Nisman en una nota fechada el 10 de Febrero de 2010 que también está en el expediente.

El 10 de marzo de 2010, INTERPOL informó en un comunicado oficial: “Representantes de Argentina y de Irán se reunieron por primera vez desde 2007 en la sede de INTERPOL. Esta iniciativa se encuadra en los contínuos esfuerzos que realiza la organización policial internacional para hacer avanzar el debate sobre el procedimiento judicial en relación con el atentado terrorista de 1994 contra la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), situada en el centro de Buenos Aires, que causó 85 muertos y cientos de heridos”.

“Aunque, al parecer, en dicho encuentro no se registraron avances significativos, INTERPOL mantiene su compromiso de tratar de resolver este conflicto entre dos de sus países miembros en relación con los cargos pendientes”.

En su denuncia, Nisman señala una reunión secreta entre Timerman y el canciller israelí. Dicha reunión, a la que se conoce como la reunión de Aleppo, fue denunciada por el periodista Pepe Eliaschev, quien aseguró hacer accedido a material de inteligencia que daba cuenta de la misma. Según dijo, en dicha reunión se acordó la impunidad de los iranies imputados. Eliaschev fue llamado a declarar y no aportó pruebas de sus dichos.







Mas allá del desconocimiento del periodista acerca de cómo funciona la diplomacia —entre otras cosas con reuniones secretas entre los países[1], sin que ello sea delito—, hay que señalar que la Reunión de Aleppo NO EXISTIÓ.

En enero de 2011 Timerman viajo a Aleppo, en Siria, donde se reunió con el Presidente sirio. Nunca tuvo un encuentro con el canciller iraní en Aleppo.

No hacía falta, porque para esa fecha, Timerman ya se había reunido con el canciller de Irán. En una reunión secreta que se realizó en un tercer país. Héctor Timerman se negó a revelar qué país había sido el anfitrión de dicha reunión, en el entendimiento de que revelar la identidad del país anfitrión comprometería seriamente las relaciones internacionales argentinas.

Timerman murió sin decir ante Tribunales cuál había sido el país anfitrión. Y como su abogada, yo siempre he deseado que sea ese país el que concurra al juicio y devele su identidad. Sólo por ver la cara de desconcierto de muchos. Y ver de qué se disfrazan entonces muchos de los que agraviaron públicamente a Héctor Timerman.

Por aquel entonces, las potencias del mundo negociaban secretamente el tratado para el uso pacífico de la energía nuclear. Tratado que se conocería como el “5 + 1” y que suscribirían Estados Unidos, Rusia, China, Reino Unido, Francia y Alemania, con Irán en el 2015. Por ello, que Irán prestase la cooperación judicial en el caso AMIA y que la Argentina dejase de hacer reclamos por la falta de dicha colaboración, era importante no sólo para la Argentina.

En la reunión con el canciller iraní, Timerman fue taxativo. La Argentina quería que los acusados fueran interrogados. Sin la declaración de los imputados, la causa AMIA estaba condenada a no resolverse. Y no aceptaría ninguna propuesta de parte de Irán que no incluyese la posibilidad real de que el juez argentino interrogase a los acusados.

En julio del año 2011, al tiempo de conmemorarse el 17° aniversario del atentado contra la sede de la AMIA, la Embajada argentina en Irán informó que el Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país había publicado un comunicado oficial a través de la prensa manifestando su intención de colaborar en la resolución del caso del atentado. El representante argentino en Irán transmitió vía cable que: “El Ministerio de Asuntos Exteriores de Irán, en ocasión del aniversario de la explosión de la AMIA en Argentina, condena cualquier atentado terrorista y declara su disposición para dialogar y cooperar con Argentina, para descubrir la verdad sobre el atentado”.

Héctor contó que habló profundamente el tema con la Presidenta Fernández de Kirchner y concluyeron que se seguiría con el “camino de la presión moral”, es decir no discutiendo con Irán hasta que se acordase la cooperación judicial para la causa AMIA y “no permitir que la Causa AMIA se convierta en un peón del tablero geoestratégico de ninguna potencia”.

De ello da cuenta el discurso de Fernández de Kirchner en la 66° Asamblea General de las Naciones Unidas, el día 22 de septiembre del año 2011”. La Presidenta dijo entonces: “El gobierno argentino ha recibido el día 16 de julio un mensaje de la Cancillería iraní que culmina expresando su intención de cooperar e iniciar un diálogo constructivo con la Argentina, para ayudar a llegar a la verdad en relación con el brutal atentado cometido contra la mutual israelita el 18 de julio de 1994”.

Que “el mensaje que se ha recibido de Irán, si bien significa un cambio de actitud del gobierno, no constituye en sí mismo una satisfacción a nuestros reclamos que, como lo he dicho con toda claridad, son los de justicia. Sin embargo, se trata de un ofrecimiento de diálogo que la Argentina no puede ni debe rechazar”.

Que “esta posición en modo alguno supone que la República Argentina deje de lado los requerimientos emanados de la Justicia nacional en relación con el juzgamiento de los presuntos responsables de cometer tal atentado”.

Y agregó CFK: “Creemos que ese diálogo debe ser constructivo, que debe ser un diálogo sincero y que debe tener resultados para poder ser creíble y, por lo tanto, no ser entendido simplemente como una maniobra dilatoria o distractiva”.

Pasó un año sin que Irán retomase el contacto con Argentina, hasta que durante las sesiones inaugurales de Naciones Unidas en 2012, la Misión Argentina ante dicho organismo recibió una notificación oficial de la Misión de la República Islámica de Irán solicitando una reunión bilateral entre ambos cancilleres esa misma semana.

La reunión se celebró de 27 de septiembre de 2012 entre Timerman y el Canciller iraní, Ali Salehi, en la sede de las Naciones Unidas. Dijo Timerman: “Volví a insistir que la Argentina, defensora irrestricta de los derechos humanos a partir de las violaciones durante la dictadura militar, inscribía el reclamo por AMIA dentro de ese principio. Le expliqué que había habido atentados no resueltos en muchos lugares del mundo pero que para nosotros es una herida que sólo la puede cerrar la justicia. Y acordamos mantener una serie de reuniones al nivel de cancilleres y otras a niveles más técnicos hasta encontrar una fórmula que cumpla con el ordenamiento judicial de ambos países y de la jurisprudencia internacional”.

A partir de dicha reunión se redactó este “Comunicado conjunto sobre la reunión de los cancilleres de la República Argentina y de la República Islámica de Irán”:

“Los Ministros de Relaciones Exteriores, Héctor Timerman y Ali Akbar Salehi, acompañados por el Vicecanciller argentino, Eduardo Zuain, y el Director General iraní para Asuntos Americanos, Reza Zabib, se reunieron en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York y decidieron continuar las negociaciones a través de los representantes legales de ambos ministerios en la sede de las Naciones Unidas en Ginebra, durante el próximo mes de octubre con el propósito de explorar un mecanismo legal que no esté en contradicción con los sistemas legales de Argentina e Irán, y también decidieron que este proceso no se interrumpirá hasta encontrar una solución mutuamente acordada para todos los asuntos, entre ambos gobiernos, sobre el Caso AMIA”.

Este memorándum de la Cancillería Argentina da cuenta de la reunión:







La primera de las reuniones acordadas se realizó en Ginebra, el 28 y 29 de octubre de 2012. Aquí su contenido:











La segunda reunión se realizó en Zurich, los días 27 y 28 de noviembre de 2012. Este fue su contenido:









A principios de enero del 2013, Timerman se reunió en Zurich con el canciller iraní. Elaboraron un borrador del acuerdo a suscribir. Volverían a reunirse el 22 de enero de ese año, también en Zurich para revisar el texto, sometido a consideración de ambos países. No hubo modificaciones.

Finalmente el 27 de enero de 2013, en Etiopía, se firmó el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán, que estaba destinado a permitir el avance de la causa AMIA.

Dijo Héctor que en uno de esos viajes de enero, pensó “que estábamos llegando a una decisión histórica en un caso tan trascendental en nuestra historia de derechos humanos”. También contó que era consciente de que “no era el final de la historia pero si la posibilidad de avanzar en el juicio si las pruebas del fiscal Nisman eran suficientes o valederas. El riesgo, sin embargo, era menor ante la posibilidad de avanzar en una causa que estaba paralizada”.

Lo que Héctor Timerman no sabía ese 27 de enero de 2013, cuando firmó el memorándum, es que en su afán de resolver el horror que significó el atentado a la AMIA, había desatado la tragedia que caería sobre él, de la mano de muchos de los mismos que en 1994 habían decidido encubrir el Atentado. Porque a veces la Historia es insoportablemente circular.









[1] La posibilidad de preservar la confidencialidad de las negociaciones de un tratado es un extremo que se encuentra previsto en el ordenamiento internacional. Que en ocasión de la redacción del Tratado de la Liga de las Naciones y posteriormente de la Carta de las Naciones Unidas, se debatieron mecanismos para regular la publicidad de las tratativas internacionales a fin de evitar la denominada “diplomacia secreta”. Y que en ambas oportunidades se decidió que la única limitación al secreto de tales tratativas se circunscribiría a su resultado, es decir al acuerdo alcanzado.

El artículo 102.1 de la Carta de las Naciones Unidas dispone que los tratados sean inscriptos en el registro, pero no así las negociaciones que condujeron al tratado, las que pueden mantenerse indefinidamente confidenciales si así fuera la voluntad de las partes.




HISTORIA DE UNA INF/AMIA (5)

Continúa la historia de la infamante causa judicial que surgió a partir de la denuncia del fiscal Alberto Nisman

POR GRACIANA PEÑAFORT





El lunes 18 de julio de 1994 a las 9.53 estalló una bomba en la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), en lo que es considerado el más brutal atentado que sufrieron civiles en nuestro país luego del bombardeo de Plaza de Mayo del ’55, al cual las crónicas oficiales —inexactas— le atribuyen 308 víctimas. En el atentado de la AMIA murieron 85 personas.

Pocas horas después, “el primer ministro israelí Yitzhak Rabin propuso al gobierno argentino de Carlos Menem coordinar una interpretación unificada de lo sucedido, que conviniera a los intereses políticos de ambas administraciones. Así se desprende de un cable emitido por el embajador argentino en Israel José María Valentín Otegui, a las 2.50 horas del 19 de julio de 1994”.







Comenzó entonces una historia que lleva casi 25 años y que debería avergonzar al Poder Judicial argentino y a buena parte del poder político.

En enero del 2013, luego de 19 años sin avances sustanciales en la causa AMIA, la Argentina suscribió un Tratado de Entendimiento con Irán, para obtener, finalmente la declaración de los iraníes imputados por el Poder Judicial argentino de haber participado en ese atentado, que a la fecha permanece sin resolver. Dicho Memorándum fue aprobado por ley en el congreso argentino. Luego fue declarado inconstitucional. El gobierno de Mauricio Macri no apeló la inconstitucionalidad y por lo tanto la misma quedó firme. El Memorándum con Irán, jamás entró en vigencia.

Esta es la historia de la infamante causa judicial que surgió a partir de la denuncia del fiscal Alberto Nisman, en la que acusó a Cristina Fernández de Kirchner, a Héctor Timerman (foto principal) y otros funcionarios y dirigentes sociales argentinos de haber utilizado ese Memorándum como herramienta para encubrir a los responsables del atentado.

Esta es la quinta nota de la serie, donde intento contar la historia de la causa judicial que se inició con la denuncia de Nisman. Y también es la historia de uno de los hombres que sufrieron esa causa en carne propia. Se llamaba Héctor Timerman. Junto con Alejandro Rúa, fuimos sus abogados en esa causa.

…………………………………..

El Memorándum con Irán se firmó el 27 de enero del año 2013. Y desató el infierno.

A decir verdad, las primeras llamas se habían presentado antes de su firma, en el contexto de las reuniones técnicas que se habían acordado para encontrar la solución a la controversia entre funcionarios argentinos e iraníes.

La controversia era —y continúa siendo— que la ley argentina exige que sean los funcionarios judiciales argentinos quienes interroguen a los imputados. Sin esa indagatoria la causa no puede avanzar. Por su parte, Irán no concede la extradición de sus ciudadanos. En 2012, la causa llevaba ya 18 años en punto muerto.

Los equipos técnicos de ambos países discutían cómo hacer posible la declaración de los imputados iraníes.

En dicho contexto, la AMIA y la DAIA solicitaron al fiscal Nisman que “toda vez que dichos acercamientos, o reuniones, podrían eventualmente llevar confusión a las autoridades de Interpol, encargadas de efectivizar las capturas ordenadas en el sumario… evalúe, a los efectos que pudiera corresponder, si deviene necesario hacer saber a las autoridades (locales e internacionales) de Interpol y de manera clara e inequívoca, que dichas capturas oportunamente ordenadas siguen plenamente vigentes y con todo su vigor”. También solicitaron que el fiscal evaluase si correspondía ratificar la plena vigencia de las alertas rojas.

Dijeron también que rechazaban “la AMIA, de la DAIA e incluso de un grupo mayoritario de Familiares de las Víctimas del atentado, la intención del Poder Ejecutivo Nacional, instrumentada a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, de procurar un acercamiento, negociación, acuerdo o como corresponda llamarlo, justamente con las autoridades de la República Islámica de Irán, país que, en todas y cada una de las resoluciones antes aludidas, ha sido sindicado como responsable último (a través de altos funcionarios de gobierno) de decidir, planificar y ejecutar el atentado”.

Hay que señalar que aun no estaba redactado el texto del Memorándum y tanto la AMIA como la DAIA reprochaban ya que la Argentina procurase un acercamiento, o acuerdo con Irán. Pese a que era esa la única forma de permitir el avance efectivo de la causa por el atentado a la AMIA.

También solicitaron que Nisman “libre oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a fin de que informe —aún con carácter reservado si ello fuera estrictamente necesario— del trámite y resultado —aún parcial— de los encuentros mantenidos entre funcionarios de dicha dependencia y sus pares iraníes”.

Nisman denegó todos los pedidos de la DAIA y la AMIA, salvo el de solicitar a la Cancillería que informase sobre el avance del trabajo de los equipos técnicos.

La respuesta de la Cancillería llegó inmediatamente e informó que “embajadores de esta Cancillería integraron la delegación, junto con la Procuradora del Tesoro de la Nación, que mantuvo tres reuniones de trabajo con representantes de la República Islámica de Irán, en Ginebra”.

Y que “durante las mencionadas reuniones las delegaciones trabajaron en el propósito de explorar un mecanismo legal que no esté en contradicción con los sistemas legales de Argentina e Irán en los puntos fijados por los cancilleres de ambos países en el comunicado conjunto del 27 de septiembre de 2012, en los márgenes del 67° Periodo de Sesiones de la Asamblea General de la ONU”.

Por supuesto, se hizo “saber al Sr. Fiscal General que tratándose de un proceso de negociación diplomática entre Estados las partes han acordado mantener reserva de su contenido mientras dure el mismo”. Lo que fue tenido presente por el fiscal Nisman e informado a las querellas (hojas 132.822 y 132.823).

Luego de esa respuesta de Cancillería, la DAIA y la AMIA insistieron en que se le tomase “declaración testimonial a los funcionarios que, según esa información, habrían participado en las reuniones con los funcionarios iraníes”. Y el fiscal Nisman no concretó esa convocatoria, teniéndola presente.

¿Por qué la AMIA y la DAIA se oponían a las negociaciones para que los iraníes pudieran prestar declaración ante el juez argentino? Ambas asociaciones sabían perfectamente que era la única forma posible para que a causa AMIA avanzara.

Una respuesta posible a esa pregunta incomprensible la publicó no hace mucho Ricardo Ragendorfer en Tiempo Argentino. Allí relató una reunión ocurrida con posterioridad a la firma del Memorándum, pero que puede dar la clave para esa oposición prematura de la AMIA y la DAIA.

Relata Ragendorfer [1] que en esa reunión ocurrida en el año 2013 “Schlosser [presidente de la DAIA] había concurrido al despacho de Timerman en la Cancillería con el vicepresidente de la AMIA, Waldo Wolff (hoy diputado de PRO), y el entonces secretario general Knoblovits (foto principal). Al ministro de Relaciones Exteriores lo acompañaba el secretario de Culto, Guillermo Oliveri”.

“Los visitantes no creían que el acuerdo con Irán para interrogar allí a los presuntos responsables del atentado pudiera guiar la pesquisa hacia la verdad. También invocaron “impedimentos estratégicos” no debidamente aclarados. Y al respecto, Schlosser esgrimió un notable argumento: ‘Los muertos ya están muertos, Héctor; hay que pensar en los vivos'”.

“Wolff, a su vez, permanecía mudo, con los ojos clavados en el suelo”.

“Y Knoblovits, abogado de profesión, iba levantando temperatura. Hasta que, de pronto, saltó de su asiento, al grito de: ‘Si Canicoba Corral (el juez de la causa) va a Irán y le dicta a los acusados la falta de mérito porque la prueba no alcanza, ¿de qué nos disfrazamos?’. Y remató: ‘¡Eso sería inaceptable!'”.

“Schlosser entonces le ordenó con un parpadeo que se llamara a silencio. Wolff continuaba con los ojos clavados en el suelo”.

“¿Qué temía realmente Knoblovits? ¿Acaso no estaba convencido de la autoría iraní del atentado?”

“Tanto las circunstancias de esa reunión como el registro textual de los diálogos fueron confirmados a este diario por Oliveri.”

Quien escribe esta nota no sabe la respuesta. Pero no dejo de asombrarme cuando reviso hojas ya gastadas del expediente de la investigación del atentado de la AMIA y veo como tanto AMIA y DAIA se opusieron a lo que parecía el camino posible para encontrar la verdad en esa causa.

Pese a la oposición de ciertos sectores las negociaciones avanzaron. Y el Memorándum se firmó. También se firmó ese 27 de enero una nota dirigida a Interpol notificando la firma del Memorándum , en cumplimiento del Art. 7 de dicho instrumento que disponía: “Este acuerdo, luego de ser firmado, será remitido conjuntamente por ambos cancilleres al Secretario General de Interpol en cumplimiento a requisitos exigidos por Interpol con relación a este caso”.

En la nota enviada se agradecían los esfuerzos de Interpol “en diversas ocasiones en años pasados destinados a acercar a las delegaciones de nuestros países para resolver sus diferencias en vuestra organización con mutuo entendimiento y respeto”, informando que “ambos países han acordado que las cuestiones entre ellos sobre el caso AMIA serán resueltas a través de la cooperación internacional”.

No pasaría mucho tiempo sin que AMIA y DAIA señalasen esa nota como la evidencia de que la firma del Memorándum estaba destinada a permitir que se diesen de baja las alertas rojas de AMIA.

Ese señalamiento desconoce de modo brutal la notificación formal que hizo la Argentina a Interpol donde señaló que “actualmente, ese instrumento está siendo considerado por los órganos relevantes de uno y otro país a los efectos de su aprobación de conformidad con las Leyes respectivas, por lo que aún no se encuentra vigente”.

“Por otra parte, de acuerdo con las normas aplicables, cualquier cambio en los requerimientos de captura internacional oportunamente formulados a INTERPOL desde la Argentina en relación con los graves crímenes investigados en la causa AMIA, sólo podrá ser realizado por el juez argentino con competencia en dicha causa, Dr. Rodolfo Canicoba Corral, a cargo del juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 6 de esta ciudad. Es decir que la firma del Memorándum de Entendimiento, su eventual aprobación por parte de los órganos relevantes de ambos Estados y su futura entrada en vigor no producen cambio alguno en el procedimiento penal aplicable, ni en el status de los requerimientos de captura internacional arriba referido”. Esa nota la firmó Héctor Timerman.





La respuesta de Interpol llegó a la Argentina el 15 de marzo de 2013. En ella su Consejero Legal expresa que “la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de INTERPOL manifiesta que dicho acuerdo no implica ningún tipo de cambio en el status de las notificaciones rojas publicadas en relación a los crímenes investigados en la causa AMIA. En este sentido, la Oficina de Asuntos Jurídicos considera que el referido acuerdo es un desarrollo positivo en el esclarecimiento de la causa”.







Pese a toda esta documentación, los necios y también los que estaban empujados por mezquinos intereses políticos insistieron en la acusación. Contra toda evidencia. Incluso contra los dichos taxativos de Interpol.

Relató Héctor Timerman acerca de los días posteriores a la firma de Memorándum: “Cuando terminé con la firma de la nota de comunicación a Interpol llamé a los presidentes de la AMIA y de la DAIA, quienes estaban sorprendidos y querían conocer más detalles. Quedamos en que los llamaba de la primera escala en mi viaje de retorno. Así ocurrió y quedamos en reunirnos con las Comisiones directivas de ambas instituciones y los familiares de las víctimas”.

“En la reunión noté que había una lógica preocupación por entender los alcances del Memorándum pero los percibí cautamente optimistas. Por el contrario, los dirigentes de la AMIA y la DAIA recién comenzaron a ceder a medida que transcurría la reunión y yo podía contestar las preguntas. Al final, dimos una conferencia de prensa junto a los familiares y la dirigencia de ambas instituciones”. (Que puede ser evaluada aquí: https://m.youtube.com/watch?v=YmtU26X0AIg)

“Al volver a mirar el video sigo pensando que ese día había un consenso en avanzar con el Memorándum”.

“A los pocos días Borger vino a verme a la Cancillería y me pidió que al menos le cambiemos el nombre a la “Comisión de la Verdad” y que la AMIA y los familiares pudiesen presenciar la indagatoria en Teherán. No recuerdo si había algún otro pedido. Le dije que yo no veía ningún problema, que lo consultaba con la Presidenta y lo volvía a llamar. Cristina me dio luz verde para hablar con los iraníes y negociar los pedidos de la AMIA. Debía ser un viernes porque ese día salió un comunicado de la AMIA rechazando el Memorándum en términos muy duros y diferentes a lo conversado con Borger en mi oficina”.

“Borger no me atendía y entonces llamé al director de la AJN que fue el difusor del comunicado y me contó que hubo una reunión de la dirigencia comunitaria con el Rabino Levin en la ieshivá de éste último y que el comunicado le llegó directamente desde la oficina del Rabino Levin y que ahora era shabat y nadie me iba a atender el teléfono. También me dijo que todo lo que salía de la oficina del Rabino Levín era intocable y debía publicarse tal cual era recibido en AJN”.

“Qué pasó en esos pocos días entre la reunión que mantuve en la AMIA y el comunicado rechazando el Memorándum es una incógnita”.

El 21 de febrero de 2013 la Cámara de Senadores le dio media sanción a la ley que aprobaba el Memorándum. El 27 de febrero se aprobó en la Cámara de Diputados.

Esta fue la portada del diario de mayor circulación nacional en la Argentina el 28 de febrero de 2013. Pobre Héctor Timerman, la infamia contra él había comenzado.










HISTORIA DE UNA INF/AMIA (6)

Continúa la historia de la infamante causa judicial que surgió a partir de la denuncia del fiscal Alberto Nisman

POR GRACIANA PEÑAFORT





El lunes 18 de julio de 1994 a las 9.53 estalló una bomba en la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), en lo que es considerado el más brutal atentado que sufrieron civiles en nuestro país luego del bombardeo de Plaza de Mayo del ’55, al cual las crónicas oficiales —inexactas— le atribuyen 308 víctimas. En el atentado de la AMIA murieron 85 personas.

Pocas horas después, “el primer ministro israelí Yitzhak Rabin propuso al gobierno argentino de Carlos Menem coordinar una interpretación unificada de lo sucedido, que conviniera a los intereses políticos de ambas administraciones. Así se desprende de un cable emitido por el embajador argentino en Israel José María Valentín Otegui, a las 2.50 horas del 19 de julio de 1994”.







Comenzó entonces una historia que lleva casi 25 años y que debería avergonzar al Poder Judicial argentino y a buena parte del poder político.

En enero del 2013, luego de 19 años sin avances sustanciales en la causa AMIA, la Argentina suscribió un Tratado de Entendimiento con Irán, para obtener, finalmente la declaración de los iraníes imputados por el Poder Judicial argentino de haber participado en ese atentado, que a la fecha permanece sin resolver. Dicho Memorándum fue aprobado por ley en el congreso argentino. Luego fue declarado inconstitucional. El gobierno de Mauricio Macri no apeló la inconstitucionalidad y por lo tanto la misma quedó firme. El Memorándum con Irán, jamás entró en vigencia.

Esta es la historia de la infamante causa judicial que surgió a partir de la denuncia del fiscal Alberto Nisman, en la que acusó a Cristina Fernández de Kirchner, a Héctor Timerman (foto principal) y otros funcionarios y dirigentes sociales argentinos de haber utilizado ese Memorándum como herramienta para encubrir a los responsables del atentado.

Esta es la sexta nota de la serie, donde intento contar la historia de la causa judicial que se inició con la denuncia de Nisman. Y también es la historia de uno de los hombres que sufrieron esa causa en carne propia. Se llamaba Héctor Timerman. Junto con Alejandro Rúa, fuimos sus abogados en esa causa.

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El 28 de febrero de 2013, se promulgó mediante ley 26.843 el Memorándum con Irán. Este fue su texto.









El 4 de abril de 2013, Pablo Reisman y Julio Schlosser —Vicepresidente 2° de la AMIA y Presidente de la DAIA, respectivamente— con el patrocinio letrado del doctor Miguel Bronfman, invocando su condición de víctimas del atentado aludido, como así también su calidad de querellantes en el marco de la causa en la que se investiga la comisión de ese ilícito, promovieron una acción de amparo contra dicho Memorándum.

La AMIA y la DAIA son las mismas organizaciones que en el juicio de encubrimiento del Atentado a la AMIA, NO querellan a Beraja —ex presidente de la DAIA— , y que diluyen la acusación contra el “Fino” Palacios y contra los fiscales Mullen y Barbaccia, a quienes tanto el Ministerio Publico Fiscal y los familiares de las victimas acusan de ser parte del encubrimiento infame que llevo adelante el ex juez Galeano, junto con Beraja y la SIDE menemista. Esas mismas organizaciones fueron a oponerse al Memorándum que permitiría, por primera vez en 19 años, que la causa por el atentado avanzara a través de la posibilidad de la toma de declaraciones a los iraníes imputados por el Poder Judicial argentino como responsables del atentado.

El amparo fue y vino entre el fuero Contencioso Administrativo y el fuero Penal Federal, hasta que la Corte Suprema dispuso el 15 de octubre de 2013 que el amparo debía resolverlo el fuero Penal Federal, mas específicamente el doctor Canicoba Corral, juez que entiende en la causa que investiga el atentado de la AMIA.

Alberto Nisman fue el fiscal de esa causa también y en noviembre de 2013 acompañó el pedido de inconstitucionalidad del Memorándum. Si bien Nisman cuestionó fuertemente su constitucionalidad, jamás señaló que hubiese un delito en su firma.

De esas épocas habla Ricardo Ragendorefer en la nota que conté el domingo pasado [2], en la que, en el marco de una reunión entre Timerman y Guillermo Oliveri, Secretario de Culto de Cancillería con Schlosser (entonces presidente de la DAIA,) Waldo Wolff (vicepresidente de la AMIA) y el secretario general Knoblovits. Cuenta Ragendorfer que “los visitantes no creían que el acuerdo con Irán para interrogar allí a los presuntos responsables del atentado pudiera guiar la pesquisa hacia la verdad. También invocaron ‘impedimentos estratégicos’ no debidamente aclarados. Al respecto, Schlosser esgrimió un notable argumento: ‘Los muertos ya están muertos, Héctor; hay que pensar en los vivos’.”

“Wolff, a su vez, permanecía mudo, con los ojos clavados en el suelo”.

“Y Knoblovits, abogado de profesión, iba levantando temperatura. Hasta que, de pronto, saltó de su asiento, al grito de: ‘Si Canicoba Corral (el juez de la causa) va a Irán y le dicta a los acusados la falta de mérito porque la prueba no alcanza, ¿de qué nos disfrazamos?’. Y remató: ‘¡Eso sería inaceptable!'”

“Sea cual fuese el origen de la oposición al memorándum de la AMIA y DAIA, la postura de varias organizaciones de familiares de víctimas del atentado fue diferente. Y cuando se conoció el dictamen de Nisman a favor de la inconstitucionalidad del memorándum, esas organizaciones de familiares cuestionaron fuertemente al fiscal”. [3]







Finalmente, el 4 de diciembre de 2013 Canicoba Corral declaró improcedente el amparo. Tanto la DAIA como la AMIA apelaron esa sentencia y dicha apelación fue resuelta por la Cámara de Apelaciones de Comodoro Py el 14 de mayo de 2014. Los jueces que resolvieron la inconstitucionalidad del memorándum fueron los doctores Eduardo G. Farah y Jorge L. Ballestero. Los volveremos a encontrar más adelante en esta historia.

Pero cabe recordar acá lo que dijo Ballesteros. Él mismo volvería un año después sobre esas palabras.













El Estado nacional apeló dicha inconstitucionalidad. Si bien la representación del Estado estaba en cabeza de los abogados del Ministerio de Justicia de la Nación, tanto la Procuración del Tesoro como Cancillería formaban parte de ese juicio e intervenían activamente.

El recurso de Casación presentado por el Estado Nacional fue concedido. El 10 de marzo de 2015 una resolución del entonces presidente de la Sala II de la Casación Federal dejó sin efecto una prueba que ya había sido concedida por esa misma Sala, señalando que “y en especial consideración a la celeridad que siempre reclama la atención de los derechos constitucionales comprometidos en el procedimiento de amparo, déjase sin efecto el pedido de informes a Naciones Unidas sobre el registro del Memorándum”. Es decir que aquella prueba que había sido considerada pertinente antes, de pronto ya no lo era y fue dejada súbitamente sin efecto por la Sala II de la Casación.

Esa misma resolución ordenaba que las partes presentaran sus informes el 31 de marzo de 2015. Y fijó fecha para sentencia el 8 de abril de 2015.

Para ese entonces Alberto Nisman ya había presentado su denuncia contra Cristina Fernández de Kirchner y Héctor Timerman y otros, el 14 de enero de 2015. Desatando un terremoto político e institucional de magnitudes siderales.

El 18 de enero Alberto Nisman fue hallado muerto de un balazo en la cabeza en el baño de su departamento de Puerto Madero.

El 26 de febrero, la denuncia de Alberto Nisman fue desestimada por el juez Daniel Rafecas.

El 31 de marzo de 2015 las partes presentaron sus informes. Pero la sentencia sobre la inconstitucionalidad del memorándum no se resolvió el 8 de abril como estaba previsto. Tampoco se resolvió el 22 de junio de 2015, que fue la fecha que fijó la Sala II de la Casación para la lectura de la sentencia.

Recién el 22 de diciembre de 2015 se resolvió la inconstitucionalidad del Memorándum. Y no fue por sentencia de la Sala II, sino porque luego del cambio de Gobierno, Germán Garavano, flamante Ministro de Justicia de Mauricio Macri , le ordenó a los abogados del Ministerio que desistieran del recurso de Casación del Estado Nacional.

Al haber desistido del recurso el Estado Nacional, en una resolución de solo 9 líneas la Sala II de la Casación consideró que quedaba firme la inconstitucionalidad dictada por su inferior, la Sala de Apelaciones.

Las crónicas de esos días de diciembre de 2015 cuentan que, amén del traumático cambio de gobierno ocurrido el 10, se vivieron horas de tensión entre los abogados del Ministerio de Justicia y el recién nombrado Ministro Garavano. Los abogados de planta del Ministerio le explicaron al ministro que el Estado Nacional tiene la obligación de apelar los fallos desfavorables. Y solo presentaron el desistimiento del recurso luego que Garavano firmase una instrucción escrita, en tal sentido, la cual consta en el expediente administrativo y fue presentada ante la Casación Penal.

Escribió Raúl Kollman sobre esa sentencia [4]: “En orden a que no existen otros recurrentes –dicen los jueces Juan Carlos Gemignani y Angela Ledesma–, en razón de las dificultades para integrar el tribunal, a fin de evitar mayores dilaciones y tratándose de un mero trámite que no requiere sustanciación, corresponde tener por desistido el recurso de Casación presentado por el Estado nacional. Con este párrafo breve y formal, Gemignani y Ledesma dejaron firme, de hecho, la inconstitucionalidad del acuerdo con Irán”.

Para la fecha del desistimiento de recurso del Estado Nacional, Héctor Timerman ya había sido operado de su cáncer hepático y los controles médicos señalaban entonces una favorable evolución de su salud.



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